TRADUCCIÓNtraductores oficiales reconocidos por la Cancillería de Colombia

La traducción oficial de documentos legales es un requisito indispensable en muchos trámites migratorios. Para quienes residen en Colombia y desean estudiar, trabajar o establecerse en el exterior, es común que se exija la presentación de documentos traducidos y debidamente apostillados o legalizados. Este procedimiento varía según el país de destino y requiere el cumplimiento de estándares específicos, entre ellos, que las traducciones sean realizadas por traductores oficiales reconocidos por la Cancillería de Colombia.

 

¿Qué es un traductor oficial reconocido?

En Colombia, se considera traductor oficial a la persona que, habiendo cumplido con los requisitos establecidos por las autoridades competentes, ha sido habilitada para realizar la traducción de documentos con validez legal. Esta habilitación se obtiene tras superar evaluaciones de idoneidad lingüística organizadas por entidades como la Universidad Nacional de Colombia, la Universidad de Antioquia o el Ministerio de Justicia.

Una vez expedida la certificación, el traductor oficial es registrado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y reconocido por la Cancillería de Colombia. Solo quienes cuentan con esta acreditación pueden realizar traducciones oficiales válidas para procesos como la apostilla o legalización de documentos.

 

¿Qué tipo de documentos son traducidos por un traductor oficial?

Los traductores oficiales están facultados para traducir una amplia variedad de documentos legales, académicos y personales. Entre los más comunes se encuentran:

  • Registros civiles (nacimiento, matrimonio, defunción)
  • Diplomas y certificados de estudios
  • Contratos laborales y comerciales
  • Sentencias judiciales
  • Certificados médicos
  • Documentos notariales

Las traducciones oficiales deben conservar la fidelidad del contenido, reproducir la estructura del documento original y estar acompañadas por la firma, el sello y la resolución del traductor. De acuerdo con la Resolución 1959 del 3 de agosto de 2020, estas traducciones deben presentarse ante notario público para el reconocimiento de firma, requisito indispensable previo a su apostilla o legalización.


¿Qué documentos traducen los traductores reconocidos por la Cancillería?

¿Qué diferencia hay entre un traductor oficial y uno no oficial?

Aunque existen personas con conocimiento en varios idiomas, solo quienes han sido certificados por las entidades previamente mencionadas pueden ejercer como traductores oficiales. Las traducciones realizadas por personas no acreditadas no tienen validez ante las autoridades y no son aceptadas en trámites como la apostilla o la legalización de documentos.

 

¿El Ministerio de Relaciones Exteriores regula las tarifas y condiciones de la traducción?

No. El Ministerio de Relaciones Exteriores no se responsabiliza por los honorarios cobrados ni por la calidad del trabajo realizado por los traductores oficiales. Tampoco impone requisitos sobre el número de páginas, el tipo de letra o el formato del documento traducido. Cada profesional establece sus propias condiciones, siempre que se mantenga la integridad y fidelidad del contenido.

 

¿Existe un directorio oficial de traductores reconocidos por la Cancillería?

Hasta el año 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores mantenía en su sitio web un directorio público de traductores oficiales. Sin embargo, tras la expedición de la Resolución 10547 de 2018, este listado fue retirado. Desde entonces, las personas interesadas en obtener una traducción oficial deben buscar directamente a un profesional acreditado o contactar entidades que cuenten con traductores reconocidos por la Cancillería de Colombia como Pantoglot.

 

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